Ya me he topado varias veces en la radio con el más reciente spot de la SUNAT, aquel en el que un hijo increpa a su padre el hecho de que este pida factura (probablemente a nombre de su empresa) por un consumo en un restaurante.
Para aquellos que no están al tanto, es costumbre nacional que pequeños y medianos empresarios pidan facturas por prácticamente cualquier consumo: gasolina, compras en el supermercado, compras en la farmacia, al comprar un regalo par aun familiar, etc. Estas facturas le sirven al empresario para descontar montos a pagar sobre el impuesto IGV mensual que debe declarar cada mes.
La ley dice, sin embargo, que sólo se pueden declarar como deducibles aquellas facturas por compras directamente relacionadas a operaciones de la empresa; es decir, aquellas que sirvan para que la empresa realice sus operaciones.
Asimismo, la SUNAT considera al contador como un filtro operativo, quien además podría ser sancionado penalmente si acepta facturas que su empleador le brinde sin revisar primero que cumplan con los requisitos antes mencionados.
Regresando al spot, creo que la intención de la SUNAT es buena, pero el spot será poco efectivo, siendo aún la informalidad y la "viveza criolla" pan de cada día en el Perú.
Por cierto, si alguien tiene la grabación del spot que menciono, le agradecería me la remita para publicarlo en el blog.
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